Jueves 10 Octubre 2024

Traslado del Día del Empleado de Comercio 2024, la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA) comunica que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) acordaron modificar la fecha de celebración del Día del Empleado de Comercio 2024. Dicha jornada –que según la Ley 26.541 se celebra el 26 de septiembre– se trasladará al lunes 30 de septiembre.

Este feriado incluye, únicamente, a todos los trabajadores enmarcados en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, es decir, empleados de comercio.

En cuanto a las remuneraciones, se deben dar cumplimiento a la Ley Contrato de Trabajo y concordantes y con los alcances de la Ley 26.541, estableciéndose que el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar como franco compensatorio de descanso semanal.

Los empleadores no podrán exigir la presencia de sus empleados sin un acuerdo previo y, en caso de abrir, deberán pagar el doble por la jornada trabajada. Asimismo, los trabajadores que elijan no trabajar en esa fecha no tendrán descuentos salariales, ya que el día se considera un feriado nacional.