Martes 23 Abril 2024

La Ley N° 4.078, sancionada en diciembre de 2011, tiene como objeto regular la tenencia de perros potencialmente peligrosos a fin de preservar la vida y la integridad física de las personas y demás animales, el viernes salió en el Boletín Oficial la resolución N° 93 de la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires, en la que se aprobó el Procedimiento de inscripción en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos.

En la comuna 12 como dice el dicho, A Ojo de Buen Cubero (acción de medir algo de una forma imprecisa) se podría decir que no serian muchos los propietarios de perros peligrosos, ya que por lo que se puede observar en los últimos años, los perros son chicos, ya no se ven muchos canes de tamaño grande, será por un tema económico, de espacio, de vecinos mayores que si bien desean tener una mascota, no pueden lidiar con uno de gran tamaño, los caniches abundan y los de menos de 20 kilos también y como se viene realizando un trabajo de concientización también se adoptan muchos mestizos de tamaño mediano o chico.

Como sea el registro ya está vigente y la inscripción en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos se debe tramitar vía web mediante el Sistema Tramitación a Distancia (TAD) gestionado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Se consideran perros potencialmente peligrosos, a los pertenecientes a las razas pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottweiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastin napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso y aquellos adiestrados para el ataque.

Se considera perros potencialmente peligrosos, a aquellos que fueron resultado de cruces entre las razas mencionadas o con otras razas obteniendo una tipología similar, a saber: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado. Los propietarios de perros potencialmente peligrosos deben cumplir con la obligación prevista independientemente de la edad del animal, a su vez se lo deberá a su vez llevarlo con bozal y una correa corta, de dos metros máximo y contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos de los daños o lesiones que puedan causar sus perros.