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Establecen nueva metodología de trabajo para garantizar el funcionamiento legislativo durante el aislamiento por coronavirus, las autoridades de los bloques y de la Legislatura se reunieron y consensuaron la metodología de trabajo que regirá de manera transitoria durante la emergencia sanitaria por el coronavirus para el funcionamiento de las comisiones y las sesiones.
Con la presencia del vicepresidente 1° Agustín Forchieri, la vicepresidente 2° María Rosa Muiños, el vicepresidente 3° Roy Cortina, representantes de la Secretaría Parlamentaria y los diputados Diego García Vila, Javier Andrade, María Inés Gorbea, Eugenio Casielles, Gabriel Solano, Myriam Bregman, Sergio Abrevaya y Marta Martínez, se llegó a un acuerdo para llevar a cabo lo definido la última sesión especial en la que se dio potestad a la Vicepresidencia 1° a "reglamentar las formas de procedimiento para que el funcionamiento legislativo mediante sistemas informáticos que permiten las reuniones a distancia".
De tal manera, la Legislatura podrá sesionar, debatir y votar de manera virtual y con garantías de control de identidades y quórum. También podrán reunirse las comisiones permanentes de asesoramiento (que estudian y dictaminan sobre las iniciativas, según la materia, las comisiones especiales y las juntas. También a distancia se determinarán los temas y tratamientos de cada sesión en reuniones "on line" de Labor Parlamentaria, a la vez que se podrán presentar proyectos.
Las reuniones de comisiones y las sesiones podrán ser seguidas "en vivo" por el público, a través de la página web: legislatura.gov.ar o el canal de la Legislatura en YouTube. Los legisladores se reunirán, deliberarán y sesionarán actualmente por la plataforma digital ZOOM, hasta tanto la Legislatura ponga en funcionamiento su propio sistema telemático.
Los considerandos del decreto consensuado y firmado por Forchieri refieren que la Legislatura ya había previsto "la incorporación de manera transitoria al reglamento de la misma, un sistema de presentación de proyectos, funcionamiento de las comisiones de asesoramiento permanente, comisiones especiales y juntas y realización de sesiones, a los efectos de garantizar la continuidad de la actividad parlamentaria mientras perdure la situación de emergencia ".
En esa decisión se facultó al vicepresidente primero del cuerpo parlamentario a "determinar la habilitación de la modalidad de sesiones a distancia, reuniones de comisión y juntas a distancia, y la presentación remota de proyectos, debiendo a su vez establecer la tecnología a través de la cual se llevarán adelante dichas actividades".
Lo acordado y decretado -se indicó- se determinó "utilizando la tecnología disponible a la fecha y que resulta la más adecuada, sin perjuicio de que en el futuro pudiera incorporarse otro tipo de herramientas informáticas que impliquen una mejora en los procedimientos".
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En el marco del Covid19 y la obligación de mantener el aislamiento social que requiere hoy la sociedad, son mucho más necesarias las vinculaciones sociales, a más de un mes de declarada la emergencia, la Biblioteca sigue cumpliendo estrictamente las medidas preventivas sanitarias que impiden su funcionamiento abierto al público.
En este contexto son numerosas iniciativas puestas en marcha en este período, la creatividad y disposición solidaria por parte de socios, profesores de talleres y amigos, han hecho posible que la Biblioteca siga presente, activa, dinámica y enaltecida para seguir siendo "el lugar de encuentro barrial" que tanto enorgullece a la centenaria institución.
Con todas las limitaciones y necesarios aprendizajes a prueba y error de tener que funcionar en forma "virtual" a través de los medios de comunicación modernos (teléfono, celular, Internet), están muy orgullosos de haber podido no solo sostener latentes los vínculos, sino de recrearlos y seguir desarrollándolos con estupendos resultados, recomendaciones de lectura, talleres, cine-comentado, muestras de trabajos, visitas virtuales, juegos a distancia, etc.
La extensión que va teniendo la crisis genera nuevos desafíos tanto para la institución (alguno particulares y significativos como su sostenimiento económico debiendo pagar sueldos, servicios, estando limitados sus ingresos) como por supuesto, para el conjunto de la sociedad por la crisis sanitaria, social y económica y la biblioteca de Saavedra no es ajena a ello.
Con tal propósito, han decidido participar en la excelente iniciativa de unir a organizaciones sociales, políticas, culturales, medios de comunicación y vecinos en general de la Comuna 12 de la Ciudad para formar un Comité de Emergencia que sirva para ayudar en la coordinación de acciones, aunar y complementar canales de comunicación y participación barrial.
En todo caso, esta encrucijada tan particular y compleja confirma la clave que hizo posible la continuidad de la Asociación Vecinal y Biblioteca Popular en muchos momentos difíciles a lo largo de su historia, ser un ámbito indispensable para afrontar los desafíos, ayudar a la vida e impulsar cotidianamente los sueños el barrio.
Para que lo antedicho sea real y no solo enunciativo, necesitan imperiosamente de las opiniones, comentarios, sugerencias, críticas, Para hacerlos, pueden comunicarse por su correo electrónico: bibliotecapcsaavedra.gmail.com y redes sociales A partir de la presente semana, podrán hacerlo también telefónicamente al número temporario, mientras siga cerrada la Biblioteca-(011) 4546 3577- de lunes a viernes entre las 15.00 y las 20.00 horas.
Biblioteca Popular Cornelio Saavedra
Av. García del Río 2735/37, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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En plena cuarentena por el coronavirus y después de la idea de que los mayores de 70 años tengan que solicitar un permiso para salir a la calle, las redes sociales, los medios gráficos y los medios web se llenaron de innumerable de críticas y memes, intelectuales, actrices, vecinos, periodistas, etc. hicieron hoy sus voces de rechazo a la medida, hoy lunes 20 de abril en la página del Gobierno de la Ciudad se puede leer la carta de Rodríguez Larreta a las personas mayores de 70 años, en la que en alguno de sus párrafos dice: "Mi intención no es subestimar ni hacer sentir mal a nadie", escribió el Jefe de Gobierno porteño. "Yo siempre los escucho y esta no es la excepción". "No puedo negar la realidad: toda la evidencia del mundo muestra que los mayores de 70 son, por lejos, quienes más riesgo de vida tienen"." Lo más importante es disminuir al mínimo posible las salidas a la calle".
La verdad es que, quien mira televisión o escucha radio o simplemente se lo dice un vecino o un familiar, ya sabe que los mayores de 70 años, son los más afectados por el Covid19, sumar un llamado telefónico para salir es ridículo desde todo punto de vista, un mayor de 70 años en muchos casos todavía trabaja y el que no lo hace despliega otras tareas, el virus es peligroso pero inmiscuirse con la libertad de cada persona es más grave aún, y así lo hicieron saber los muchos que se manifestaron en contra de la medida.
El boletín Epidemiológico que pública la Ciudad por semana informa que, al 16 de abril de 2020, el 55% de los casos confirmados de COVID-19 en residentes de Ciudad de Buenos Aires corresponden al sexo masculino, si bien la mayor cantidad absoluta de casos se encuentra en los grupos de 20 a 39 años, la población más afectada en términos de tasas corresponde a los mayores de 50 años y, en particular, el grupo de 70 a 79.
Los 35 pacientes fallecidos presentaron una media de edad de 76 años (rango: 47-95). Del total 24 son varones y 11 mujeres. Los mayores de 60 años presentan las tasas de letalidad más elevadas. Cuantificando esta diferencia en dos grupos, se constata que los menores de 60 años (3 fallecidos en total), tienen una tasa de letalidad del 0,63%; mientras que los mayores de 60 alcanzan el 16,08%. Las comorbilidades mayormente observadas en los casos fallecidos fueron hipertensión arterial, diabetes y obesidad. La mayor cantidad de casos confirmados reside en la comuna 3, 14, 13 y 7. Si se relaciona con la población de dichas comunas, se observa que la comuna 2 presenta la tasa más elevada de toda la serie.
Tasas por 100.000 habitantes de casos confirmados de COVID 19 según barrio. Ciudad de Buenos Aires. N=650. 2/3 al 16/4 de 2020.
Casos confirmados de COVID-19 según comuna de residencia de la Ciudad de Buenos Aires, Comuna 12:
Barrio Casos totales Tasa x 100.000 hab. Porcentaje
Villa Urquiza 25 27,1 4%
Villa Pueyrredón 8 20,2 1%
Saavedra 9 18,0 1%
Coghlan 4 21,4 1%
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Santilli visitó un taller donde se reparan patrulleros de la Policía de la Ciudad, el vicejefe de Gobierno porteño a cargo del Ministerio de Justicia y Seguridad, Diego Santilli, recorrió un taller en la zona de Warnes donde se reparan los patrulleros que estaban parados por desperfectos mecánicos durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Los talleres mecánicos, las gomerías y casas de repuestos fueron habilitados a trabajar desde el lunes 13, luego de la publicación en el Boletín Oficial de la Decisión Administrativa 490/2020, que amplió la cantidad de servicios exentos del aislamiento.
La Policía de la Ciudad posee 912 patrulleros que están las 24 horas recorriendo las calles de la Ciudad, lo que genera un gran desgaste del parque automotor.
Para ello hay una red de más de 80 talleres y gomerías distribuidas por toda la Ciudad que atienden y reparan las unidades.
La apertura de las actividades de los talleres mecánicos fue vital para volver a poner en funcionamiento patrullas que habían quedado paradas por desperfectos mecánicos o choques.
"En este taller mecánico, como en otros, se reparan y dan mantenimiento a ambulancias, patrulleros y móviles asistenciales para atender rápidamente las necesidades de los vecinos en este momento tan difícil", sostuvo Santilli, quien estuvo acompañado por el subsecretario de Gestión Administrativa, Diego Pérez.
Santilli agradeció a "quienes día a día trabajan para poder poner en la calle a los patrulleros que transitan las calles de la Ciudad y cuidan a los vecinos".
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A causa de la pandemia de Covid-19, que mantiene a toda la población en aislamiento social obligatorio y a fin de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación de contagio de la enfermedad, la mayoría de los organismos públicos de la Ciudad está operando bajo el modo de trabajo remoto para disminuir el tránsito de personas en la vía pública.
Por tal motivo, el Procurador General de la Ciudad, Dr. Gabriel M. Astarloa, dispuso mantener la atención de consultas de Servicio Jurídico a la Comunidad a través de una casilla de correo electrónica creada para tal fin: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
De esta forma queda organizada la prestación del Servicio Jurídico a la Comunidad, a través del seguimiento de casos en trámite mediante comunicación telefónica o vía mail a los consultantes y la habilitación de feria en casos urgentes. En este punto resulta importante señalar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso la liberación electrónica de los fondos en el caso de alimentos.
El aislamiento social es un elemento que aumenta el riesgo de vivir situaciones de violencia y lamentablemente pudimos ver que en los últimos días hubo un incremento de los casos como así también de femicidios.
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La Policía de la Ciudad recuperó 10.000 insumos médicos robados, la Policía de la Ciudad recuperó en un allanamiento en Mataderos la suma de diez mil insumos médicos que habían sido robados en un asalto, en el marco de una investigación realizada en conjunto con la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Personal del Departamento Delitos Contra la Propiedad, Sección Prevención de Robos de la Policía de la Ciudad, allanó un domicilio de la calle Montiel al 3.000, donde secuestró insumos médicos y de laboratorio que habían sido robados bajo la modalidad de "piratas del asfalto" en el partido de Las Flores. En un trabajo conjunto entre la Policía de la Ciudad y la Policía de la Provincia de Buenos Aires, se realizó una investigación para desbaratar una banda que se dedicaba al robo de camiones con mercadería.
Gracias a estas tareas, se determinó que los delincuentes acopiaron los productos en un galpón de Mataderos. Los efectivos se dirigieron al lugar y, siguiendo las órdenes de la Fiscalía Número 11 de Las Flores y del Departamento Judicial Azul, a cargo del doctor Pizzolo, allanaron el domicilio.
Como resultado del operativo, se logró secuestrar uno de los vehículos con los que asaltaba la banda, y la suma de diez mil insumos entre guantes de látex, gasas, desinfectantes de laboratorio, tijeras quirúrgicas, líquidos antisépticos, jeringas descartables, sondas para suero, aspirinas, espéculos para uso femenino y varios medicamentos.
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A medida que se van ampliando los rubros autorizados para la actividad laboral durante la cuarentena por el Covid 19 Coronavirus en la ciudad, se activa el protocolo para la prestación de servicios y desempeño del personal, el cuidado y la responsabilidad de cada uno y el cuidado hacia los demás es fundamental, a seguir a rajatabla con las reglas.
A modo de ejemplo en la resolución del Gobierno de la ciudad, el protocolo para la Prestación de Servicios y Desempeño del Personal en Talleres de Mantenimiento y Reparación de Automotores, Motocicletas y Bicicletas, y en Locales de Venta y Reparación de Neumáticos, cuyo objetivo es asegurar las mejores condiciones de prevención contra el Covid 19 Coronavirus en la actividad laboral a desarrollarse, son exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
Disposiciones sobre el personal:
Todo personal que se encuentre comprendido en un "grupo de riesgo" definido por la autoridad sanitaria, no podrá prestar servicios ni permanecer en el local por ninguna causa.
La ropa con la que el personal preste servicios no debe ser la misma que haya usado para trasladarse hasta el lugar de trabajo. Al ingresar al local deberá desinfectar la ropa con la que se trasladó y guardarla. Al retirarse, volverá a usarla ropa de traslado.
Luego del cambio de ropa lavarse las manos con abundante agua y jabón y desinfectarse con alcohol en gel.
El personal deberá utilizar barbijo o máscara (o ambos) y guantes descartables para el contacto con clientes y vehículos.
El personal deberá higienizarse luego del contacto con cada cliente y cada 2 horas de trabajo.
El personal debe evitar compartir áreas comunes (vestuarios, comedores, etc.) y utilizar material descartable para los horarios de comidas y descansos.
Siempre que sea posible, deberá procurarse la rotación del personal en días y horarios para minimizar potenciales contagios.
En la medida de lo posible el personal administrativo trabajará desde
sus hogares.
Prohibir el uso compartido de utensilios, teclados de PC, vasos, mate, etc.
Disposiciones sobre funcionamiento
Se atenderá únicamente con turnos programados previamente por teléfono o vía web. En caso de emergencias o imprevistos, deberán atenderse luego de cumplimentar los turnos pre-acordados, respetando las distancias mínimas de seguridad.
Tanto los empleados como los clientes, al ingresar al taller deberán contar con material para desinfectarse (Alcohol en gel o pulverizador con agua con lavandina o alcohol).
De ser posible, se debe colocar protección transparente en los mostradores para distanciar al personal de atención al público de los clientes.
Colocar trapos de piso humedecidos con agua y lavandina en las entradas a los efectos de la limpieza de la suela de los calzados, tanto del personal como de los clientes.
Mantener distancia de seguridad mínima (2 metros al menos) entre las personas que se encuentren en el local.
No permitir la permanencia en el local de más de 1 persona por cada 3 metros cuadrados.
Reforzar limpieza y desinfección del local, realizando la desinfección de zonas comunes con frecuencia.
Realizar una desinfección completa del vehículo al ser ingresado.
Manijas, volantes y palanca de cambio serán forrados con fundas durante el servicio y una vez finalizado se desinfecta nuevamente para la entrega a los clientes.
Es obligatorio para los clientes el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en el local.
Limpiar las áreas de trabajo administrativo con alcohol al 70% y las maquinarias con solución de agua/lavandina.
Controlar la temperatura corporal del personal y empleadores al ingresar a la empresa.
Talleres de reparación de bicicletas, se recibe la bicicleta, se presupuesta la reparación y se compromete una fecha de entrega sin necesidad de que el cliente ingrese a los locales. Se deberá efectuar la limpieza y desinfección de la bicicleta al recibirla y al momento de su entrega al cliente.
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Ordenan que se provean elementos de protección a una enfermera del Hospital Durand, la justicia ordenó cautelarmente al Ejecutivo local entregar inmediatamente los elementos de protección necesarios a una trabajadora de la salud.
El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 13, Guillermo Scheibler, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que «de manera inmediata adopte las medidas necesarias para prevenir el contagio, le proporcione una adecuada protección y le provea de los elementos de protección (EPP) necesarios para evitar el contagio del COVID-19 de acuerdo con la actividad y tarea que desarrolla». Además, ordenó a Provincia A.R.T. S.A. a dar cumplimiento a las normas de higiene, seguridad, control y supervisión del empleador en los términos de la ley nacional 24.557. Todo ello en el marco de la causa «C., R. N. contra GCBA sobre Amparo – Empleo Público – Otros», Expediente n.° 3030/2020-0.
A través de una comunicación al teléfono de turno del fuero, la actora inició la acción de amparo por entender que el Ejecutivo local y la aseguradora lesionan «de manera arbitraria y manifiesta derechos constitucionalmente protegidos, al no proveer elementos de seguridad sanitaria básicos tales como barbijos adecuados, camisolines, antiparras y alcohol en cualquiera de sus formas y, de este modo, exponerla, en su calidad de enfermera, a un peligro grave e inminente de contraer el virus Covid-19 en ocasión de prestar sus tareas normales y habituales»; y por tanto, solicitó el dictado de una medida cautelar.
En cuanto a los hechos específicos del caso, narró que «en el nosocomio en el que se desempeña existen casos confirmados de Covid-19 y sus tareas específicas conllevan un trato directo con pacientes en áreas de alto grado de contaminación vírica«. Asimismo, expresó que «ejerce la profesión de enfermera desde el año 1990 y el día 2 de octubre de 2020 cumplirá sesenta años y estará en condiciones de jubilarse. Postula que las medidas de seguridad sanitaria son necesarias por su vida y la de todos los pacientes que atiende, dado que si contrae el virus podría retransmitirlo a una velocidad incalculable de unos a otros, lo que implica maximizar los riesgos de contagio». Precisó que «para desarrollar sus tareas en el contexto de emergencia sanitaria, requiere para la reducción de riesgos de contagio la provisión de los siguientes elementos de seguridad: a) protección ocular y facial –gafas con adherencia para evitar el ingreso de fluidos por arriba y por abajo–; b) ropa de protección –camisolín impermeabilizado–; c) protección respiratoria –barbijo n° 95 y quirúrgicos–; y d) alcohol en gel y líquido». Indicó que «nada de ello le fue suministrado y que la demandada invocó escasez de insumos«.
El magistrado recordó que «en la Ciudad de Buenos Aires se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 1- GCBA – 2020, mediante el cual se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus«. Añadió que «se estableció que el MINISTERIO DE SALUD de la Ciudad (...) y todos los organismos bajo su órbita (...) son áreas de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia COVID-19». Subrayó entonces que «dentro de la emergencia sanitaria que aqueja al país, el personal de salud desarrolla un servicio esencial que lo exceptúa del aislamiento social preventivo y obligatorio». Advirtió que «dicho nivel de exposición al contagio del coronavirus obliga a los empleadores a garantizar un marco sanitario adecuado, en lineamiento con las recomendaciones comunicadas por las autoridades de la salud». Y resaltó que «es el propio decreto 297-PEN-2020 el que prescribe, en su artículo 6º in fine, que, en todos los casos, los empleadores deben garantizar las condiciones de higiene y seguridad para preservar la salud de los trabajadores».
A su vez, destacó que «en el marco de la emergencia de esta pandemia la propia Superintendencia de Riesgo de Trabajo efectuó una serie de recomendaciones para los trabajadores exceptuados de la cuarentena, que abarcan desde las recomendaciones generales (...), hasta la provisión a los trabajadores de todos los elementos de higiene y seguridad que sean necesarios y adecuados para el desarrollo de la tarea y la reposición de Elementos de Protección Personal (EPP)». «En cuanto a los elementos de protección personal (EPP), los describe como aquellos elementos de uso personal e individual, que conforman una barrera física entre el agente de riesgo, en este caso el virus alojado en superficies o presente en el aire y el trabajador. Los EPP principales son el protector ocular, el facial, el respiratorio – según la distancia y posición de trabajo frente a las personas– los guantes y la protección del cuerpo», completó.
Por otro lado, señaló que «la resolución 15-2020, dictada por el MINISTRO DE SALUD, el MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN, el VICE JEFE DE GOBIERNO y el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la Ciudad de Buenos Aires, se establece para el población en general el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público; y recomienda su uso en cualquier otro ámbito o lugar diferente (...). Asimismo, prohíbe la comercialización de barbijos N95 a cualquier persona que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud y a las personas jurídicas que no tengan por objeto la prestación de ese servicio».
En este marco, Scheibler concluyó que «resultaría paradójico que el propio Gobierno no suministre elementos de protección adecuados a aquellos de sus dependientes que son personal de la salud y se encuentran cumpliendo funciones esenciales en este contexto de emergencia sanitaria».-
Por Redacción iJudicial el 15 abril 2020
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Una vez implantado el tema de la cuarentena a raíz del coronavirus y viendo o escuchando la recomendación de algunos médicos, algunas personas en las cuales me incluyo, comenzamos a usar mascarilla, tapaboca, barbijo o como a cada uno le guste llamarlo, en las primeras salidas a hacer las compras, uno sentía la mirada del otro, era como sentirse un bicho raro, con el correr de los días, ya se comenzó a ver a más vecinos cubiertos, ahora ya siendo 15 de abril, el uso de tapabocas es obligatorio en comercios, en dependencias de atención al público públicas o privadas, y en el transporte público.
Esta medida forma parte de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril, en el marco del coronavirus.
El uso de tapabocas comenzó regir a las 0 del miércoles y va a ser obligatorio para todos los que anden en el transporte público y para todos aquellos que estén en posiciones de atención al público, en las actividades que ya están exceptuadas.
La Ciudad tomó esta decisión al comprobarse que dos de cada tres personas que se contagian el coronavirus no presentan síntomas. Además se recomienda el uso de tapabocas como medida de prevención en cualquier otro ámbito o lugar.
Para esto sirve cualquier elemento que pueda cubrir boca, nariz y mentón de fabricación casera con pañuelos y telas, ni máscaras ni barbijos. No es obligatorio para circular de a pie ni en vehículos particulares, pero sí recomendado.
Para quienes no respetan esta medida habrá sanciones de entre $10.700 a $79.180 y/o clausura y/o inhabilitación.
La venta de barbijos N95, que es el más tradicional para el uso del sistema de salud, va a estar prohibida para los que no formen parte de ese sistema.
¿Qué es un "tapabocas"?
Un "tapabocas" no necesariamente es un barbijo. Se trata de un elemento de protección cuyo fin es el de cubrir la nariz, la boca y el mentón con el objetivo de disminuir la circulación del COVID-19. El mismo puede ser de confección casera y realizarse de diferentes maneras.
¿Quiénes y cuándo deben usarlo?
Su uso es obligatorio para todas aquellas personas que ingresen o permanezcan en locales comerciales, dependencias de atención al público y en medios de transporte público en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Comercios
Todos los dueños y empleados de locales comerciales deben presentar dicho elemento como así también todos los clientes que deseen ingresar al mismo.
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La medida fue implementada por la Inspección General de Justicia mediante la Resolución General 14/2020, y abarca a los planes suscriptos antes del 30 de septiembre de 2019.
Como es de público conocimiento, el valor de las cuotas de los planes de ahorro se disparó tras las devaluaciones de 2018 y 2019 y afectó principalmente a aquellos suscriptores que ya poseían el bien tipo prendado y que se vieron obligados a seguir abonando las cuotas. En este contexto, la Inspección General de Justicia intenta normalizar esta situación mediante una serie de medidas que abarcan la cantidad y modos de diferimientos de cuotas, la forma de recupero de las mismas, las bonificaciones a favor de los suscriptores y la posibilidad de reactivar contratos extintos.
Podrán adherirse al nuevo sistema todos los suscriptores que estén en la etapa de ahorro, adjudicatarios (tengan o no el bien tipo), e incluso aquellos que posean planes extintos de fecha posterior al 1 de abril de 2018. Para estos últimos, los planes podrán ser reactivados y recuperarán la posibilidad de acceder al bien, previo cumplimiento de ciertos requisitos. Quienes adhieran al sistema, deberán acogerse al mismo antes del 30 de agosto y no podrán diferir más de 12 cuotas consecutivas por vencer.
Por otra parte, no podrán adherirse aquellos suscriptores que hayan participado o participen de una acción judicial o recaiga sobre ellos alguna medida cautelar.
La Resolución de la IGJ establece que de las 12 o menor cantidad de cuotas consecutivas por vencer sobre las que podrá ejercerse la opción, se diferirán los siguientes porcentajes: a) de las últimas cuatro o menor cantidad se diferirá un 10%, b) de las cuatro anteriores o menor cantidad, se diferirá un 20% y c) de las cuotas primeras o menor cantidad, se diferirá un 30%. Es decir que quien opte por el diferimiento máximo, podrá aplazar un total de 2,4 cuotas en total.
Para facilitar la implementación del nuevo sistema, las administradoras deberán enviar a sus suscriptores los cupones de pagos con un talón por el monto total y otro con los diferimientos. También se las obligará a publicar cuadros ejemplificativos de los diferimientos.
La medida establece que se podrá adherir al sistema completando un formulario en la página web de las administradoras (que deberán confirman la adhesión dentro de las 72 hs) o que podrá ser enviado por correo electrónico (con confirmación dentro de las 24 hs).
El recupero de los porcentajes diferidos se realizará por el pago de hasta un máximo de 12 cuotas adicionales al plan, y su valor no podrá superar el monto de una alícuota sumado a su correspondiente carga administrativa.
En cuanto a las bonificaciones, las administradoras deberán bonificar hasta un 58,33% del diferimiento, hasta un máximo de 1,4 cuota total, para todos aquellos suscriptores adheridos que cumplan ciertos requisitos, como no haber realizado cancelaciones anticipadas de cuotas o adjudicado uno de los modelos de bien tipo que se detallan en el ANEXO I de la Resolución.
Por último, se suspenderán las ejecuciones prendarias hasta el 30 de septiembre, se instará a la condonación de intereses punitorios y se obligará a las administradoras a mejorar la información respecto a los gastos que deben abonarse para la entrega del bien adjudicado.
Noticias: Defensoría del Pueblo Ciudad Autónoma de Buenos Aires.