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La Defensoría del Pueblo en la huelga contra el cambio climático, el Defensor del Pueblo Adjunto Arturo Pozzali participó de la movilización contra el cambio climático que se realizó en el Congreso de la Nación, la cuarta de este tipo que se desarrolla en la Ciudad de Buenos Aires y que forma parte de una serie de huelgas climáticas que ocurrieron alrededor del mundo.
Pozzali -Defensor del Pueblo adjunto con competencia en las temáticas vinculadas al Medio Ambiente, Espacio Público y Planeamiento- señaló que nuestro planeta está atravesando una severa crisis climática provocada por los niveles de emisión de gases, de contaminación ambiental y de extinción de especies que superan año a año sus máximos históricos y generan preocupantes aumentos en la temperatura global. Estos podrían tener consecuencias catastróficas sobre el planeta. Frente a la lenta respuesta de los gobiernos, este tipo de movilizaciones juegan el rol de encausar las voces y las preocupaciones de una porción de la población cada vez mayor.
El movimiento es impulsado globalmente por la organización Fridays For Future, creado por la joven sueca de 16 años Greta Thunberg, y es parte de un efervescente activismo joven. En nuestra Ciudad la movilización es organizada por la Alianza por el Clima (AxC), una federación que nuclea a 35 organizaciones que comparten el compromiso, la voluntad y el objetivo de lograr un mundo sustentable.
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Declaran inconstitucional el decreto que modificó su estructura interna, la justicia hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del decreto 251/GCABA/2014, por el que el Poder Ejecutivo local aprobó la estructura organizativa interna de las Comunas.
El titular del juzgado n.° 23 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Francisco Ferrer, hizo lugar a la acción de amparo que presentaron integrantes de distintas Juntas Comunales cuestionando la validez constitucional del decreto 251/GCABA/2014, por el cual el Poder Ejecutivo local había aprobado la estructura organizativa interna de las Comunas y rediseñado su funcionamiento, mediante la creación de gerencias y subgerencias. Los amparistas sostuvieron que el comportamiento del Ejecutivo afectaba derechos de incidencia colectiva, asociados con el adecuado funcionamiento del sistema de democracia participativa, enunciado en el art. 1° de la Constitución porteña. Todo ello en el marco de la causa «Vayo Miguel Enrique y otros contra GCBA sobre amparo» Expte 7770/2014-0
El juez se refirió a la legitimación activa y a la existencia de derechos de incidencia colectiva involucrados y sostuvo que «ambas calidades invocadas por los actores 'habitantes e integrantes de las Juntas Comunales' resultan suficientes para considerarlos legitimados, en el marco de una Constitución como la de la Ciudad de Buenos Aires, que con generosa amplitud garantiza el acceso a la justicia»; y que «de comprobarse el menoscabo de tal funcionamiento mediante el decreto impugnado, ello afectaría no solamente el adecuado ejercicio de las facultades asignadas a los integrantes de las Juntas Comunales sino, especialmente, los derechos de todos los habitantes de la ciudad».
Sobre la cuestión de fondo advirtió que la competencia constitucional para regular la organización funcional interna de las Comunas es «una facultad de la Legislatura porteña, que solo puede ser ejercida mediante una mayoría calificada de dos tercios del total de sus miembros». Y que «debe ser complementada por las Comunas, de manera exclusiva, según sus necesidades y prioridades directamente vinculadas con la identidad y fisionomía barrial que son llamadas a proteger».
El magistrado resaltó que "el prudente ejercicio por la Legislatura de su atribución de establecer la organización de las Comunas se muestra como el mejor modo de garantizar el ejercicio de la democracia participativa previsto en la Constitución local", al tiempo que afirmó que "las Comunas pueden, respetando la organización funcional en áreas de gestión y adoptando entre ellas las de participación vecinal y control comunal, establecer áreas de gestión adicionales. Claro, siempre que tomen en cuenta en dicho diseño la estructura organizativa del Poder Ejecutivo, las atribuciones de las Comunas establecidas en la Constitución de la Ciudad y las propias prioridades comunitarias". En dicho marco, con apoyo en los principios interpretativos específicos que rigen la materia, consideró que "el Poder Ejecutivo local carecía de atribuciones constitucionales suficientes para emitir el decreto 251/GCABA/2014 mediante el cual, conforme los términos expresos de su art. 1°, aprobó la estructura organizativa de las Comunas de la CABA".
A la hora de analizar el contenido concreto de la estructura diseñada por el PE, observó que «la pretensión (...) de reglar la organización de las Comunas respecto al modo en que ejercen competencias exclusivas encuentra un obstáculo insalvable en lo dispuesto en el art. 128 de la CCABA, y en particular en el deber de abstenerse de 'emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas'»; y que «la organización propuesta supone, también, una violación a la prohibición que pesa sobre el Poder Ejecutivo de 'ejercer las funciones derivadas de las competencias exclusivas de las Comunas'».
A su vez, observó que «al asignar competencias específicas a cada una de las gerencias y subgerencias creadas, el decreto 251/GCABA/2014 había incorporado la participación de 'una dependencia del Poder Ejecutivo -la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana'-... en el proceso de decisión sobre las más destacadas competencias exclusivas de las Comunas [programa de acción, presupuesto, patrimonio y mantenimiento de las vías secundarias y de los espacios verdes], circunstancia que no puede sino ser vista como una injerencia inconstitucional en un área reservada de manera exclusiva a estas últimas. O, en otros términos, como un modo en que el Poder Ejecutivo ejerce funciones derivadas de competencias exclusivas de las Comunas». En tal sentido, señaló que «del entramado de acciones desplegadas por la Administración central a partir del dictado del decreto 251/GCABA/14, se observa la desnaturalización del esquema previsto por en forma específica por la ley 1.777 -que había conferido a las Juntas Comunales la atribución de 'nombrar y remover a su personal de acuerdo con la legislación vigente' (...),- y la intromisión indebida de aquella en las competencias exclusivas y en el funcionamiento propio de las Comunas. Es que ninguna 'intervención' le cabe al Poder Ejecutivo en estas facultades exclusivas de las comunas».
Ferrer concluyó que «el reproche constitucional que aquí se efectúa respecto al decreto 251/GCABA/2014 tiene capacidad de impactar en los vínculos originados a la luz de lo dispuesto en la resolución conjunta del Ministerio de Hacienda y la Secretaría de Descentralización 1863/MHGC/17, emitida en cumplimiento de aquel». Y producto de ello, es que «ordenó al GCBA preservar los derechos laborales de los trabajadores que fueron designados para ocupar las gerencias y subgerencias creadas por el decreto impugnado, asegurando su 'situación de revista, antigüedad, función, categoría, nivel remunerativo alcanzado por todo concepto y demás derechos que los trabajadores hubieran adquiridos al amparo del sistema en crisis'».-
Por Redacción iJudicial el 28 noviembre 2019.
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Rodríguez Larreta presentó a los ministros que lo acompañarán en la próxima gestión. "Vamos a seguir adelante con la transformación histórica de la Ciudad", dijo el Jefe de Gobierno porteño. El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, presentó ayer a los ministros que lo acompañarán en la próxima gestión, que comenzará el 10 de diciembre y finalizará en 2023.
De esta forma, Diego Santilli será el vicejefe de Gobierno y ministro de Justicia y Seguridad; Felipe Miguel el jefe de Gabinete; Bruno Screnci el ministro de Gobierno; Clara Muzzio la ministra de Espacio Público e Higiene Urbana; María Migliore la ministra de Desarrollo Humano y Hábitat; Fernán Quirós el ministro de Salud; Soledad Acuña la ministra de Educación; Enrique Avogadro el ministro de Cultura; Martín Mura el ministro de Economía y Finanzas; José Luis Giusti el ministro de Desarrollo Económico, y Fernando Straface el secretario General.
"Para mí es un orgullo la presentación del equipo, porque son personas con las cuales venimos trabajando juntos desde hace muchos años", expresó Rodríguez Larreta.
En esa línea, el Jefe de Gobierno porteño indicó que los funcionarios "conocen muy bien la Ciudad y están súper comprometidos", y reconoció: "Nosotros le damos muchísimo valor al equipo. Todas las obras que llevamos adelante son producto del trabajo de coordinación de más de un área, por eso el valor del equipo es fundamental".
Además, agradeció "el voto de confianza de los vecinos para seguir trabajando por cuatro años más", y aseguró: "Vamos a continuar con la transformación histórica de la Ciudad".
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EL RNR dispuso depurar la base de datos del sistema de reconocimiento facial, la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia suspendió la publicación de datos personales que generaron identificaciones erróneas en el sistema de reconocimiento facial y dispuso interrumpir del Sistema de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CoNaRC) la publicación de aquellos imputados cuyos datos filiatorios aportados impidan su correcta individualización.
En los considerandos de la Disposición 7/2019 se admite la existencia de casos donde las rebeldías, órdenes de captura, averiguaciones de paradero u otras medidas de restricción personal dispuestas por los magistrados se realizaron sin relacionar a la persona imputada con su número de Documento Nacional de Identidad, además de otros errores donde los datos personales aportados no se correspondían con los informados por el Registro Nacional de las Personas.
La Defensoría del Pueblo había advertido oportunamente, en el marco de la auditoría que se implementa sobre el funcionamiento del "Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos", sobre deficiencias en los datos personales que sirven a la identificación fiable de la persona buscada. Así verificó casos concretos sobre la detención de ciudadanos que finalmente no resultaron ser las personas requeridas judicialmente, porque en la mayoría de los casos los números de los documentos de identidad eran erróneos. La institución también había señalado la cuestión al Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la privacidad, Joseph Cannataci en la visita que realizó a estas oficinas en mayo de este año. Vale señalar que en su informe preliminar señalo que la base de Consulta de Rebeldías y Capturas (CONARC) contenía una lista de 46.479 personas mientras que hoy en día dicho disminuyó a 41.186 según se observa en la página web del CONARC.
En el mes de julio, representantes de la Defensoría se reunieron con José Miguel Guerrero, director nacional del Registro Nacional de Reincidencia, para interiorizarlo de las deficiencias detectadas en reconocimiento facial vigente en la Ciudad de Buenos Aires. Además, en agosto de este año este organismo puso en conocimiento de este conflicto a todos los máximos tribunales del país y se solicitó que todos los Juzgados adoptaran las medidas para corregir los errores consignados en las comunicaciones efectuadas al Registro Nacional de Reincidencia.
La resolución de la Dirección de Reincidencia señala que "en la puesta en funcionamiento de diferentes herramientas tecnológicas utilizadas por las distintas jurisdicciones del país destinadas a localizar a personas sustraídas de la justicia penal se han detectado casos en los cuales personas ajenas a las buscadas resultaban demoradas por las fuerzas del orden en razón del equívoco originado en la comunicación judicial, donde se consignaba el nombre de una persona pero se le asignaba el documento de identidad de otra".
El Defensor del Pueblo Alejandro Amor destacó la importancia de la decisión adoptada por parte del Registro de Reincidencias, "en tanto y en cuanto permite minimizar el grave impacto que produce la puesta en marcha de un sistema en las condiciones mencionadas".
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Avanzan cambios al Código de Tránsito y Régimen de Faltas, las Comisiones de Tránsito y transporte y de Justicia se reunieron ayer a mediodía y firmaron el proyecto de ley que propicia la modificación del Capítulo 11.1 del Título Undécimo "Del Sistema de Evaluación Permanente de Conductores" (SEPC) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148 y algunos artículos del Régimen de Faltas contenidos en la Ley N° 451 vinculados a su aplicación.
La iniciativa tomó estado parlamentario el miércoles 13 de noviembre y lleva las firmas de los diputados Cristina García de Aurteneche y como coautores Daniel Del Sol, Maximiliano Ferraro, Diego García de García Vilas y Daniel Presti, todos del bloque Vamos Juntos. Y tiene solicitud de tratamiento preferencial en el Recinto presentado por Vamos Juntos, el bloque mayoritario del oficialismo, para la Sesión Ordinaria del próximo jueves.
El SEPC consiste en la asignación de veinte puntos a cada conductor poseedor de licencia de conducir otorgada por el Gobierno de la Ciudad que se irán descontando en función de las infracciones comprobadas que efectuare el conductor.
Los fundamentos expresan que "desde su implementación el 1 de enero de 2.009, el SEPC contempla el procedimiento que debe llevarse a cabo para la reasignación y recuperación de los puntos que hayan sido descontados y las consecuencias de acuerdo al puntaje alcanzado por los conductores, sin perjuicio de las multas que correspondan".
Agrega que "entre las consecuencias contempladas en su normativa, se prevé desde la inhabilitación para conducir por el término de 60 días hasta el plazo de 5 años, dependiendo del grado de reincidencia incurrido, sumada a la realización de un curso especial de educación vial y prevención de siniestros de tránsito, de conformidad con lo establecido en el Régimen de Faltas de la Ciudad. Es así como a fin de garantizar la correcta aplicación de los procedimientos contemplados en este sistema, en particular aquellos referentes al descuento y reasignación de puntos y las competencias de las áreas involucradas, resulta pertinente mejorar y optimizar su funcionamiento".
"Consideramos que es fundamental el papel que la ley y los agentes de control de tránsito deben cumplir en estos puntos -aseguran los legisladores proponentes-, entendiendo que es necesario tener un criterio más riguroso, justo y acorde a la gravedad de las faltas".
"Por otro lado, existen infracciones que actualmente no conllevan descuento de puntos, tales como la conducción peligrosa o temeraria y la invasión parcial de la vía contraria; por lo tanto, propiciamos su incorporación al sistema ya que entendemos que corresponden a conductas graves, negligentes y/o irresponsables de los conductores", afirman.
"Sin embargo y pese a que a través del SEPC se han realizado múltiples controles de tránsito hasta la fecha, procediendo a la quita de puntos para aquellos conductores que cometieron faltas en aquellos casos en que correspondía, se observa la necesidad de actualizarlo, mejorar su efectividad, perfeccionar la quita o restitución de puntos a los conductores cuando corresponda, y garantizar el conocimiento a los vecinos de la ciudad sobre su funcionamiento e incrementar su participación en los cursos de educación vial y prevención de siniestros de tránsito. Entonces, las modificaciones presentadas resultan motivadas por la necesidad, tanto de mejorar el SEPC como así también de producir un cambio de conducta en los conductores, optimizando las penalidades que prevé y permitiendo la correcta fiscalización de las mismas. De esta forma se podrán garantizar las sanciones (descuentos de puntos, inhabilitaciones y cursos) así como el recupero de puntos". concluyen.
La reunión conjunta se efectuó ayer a partir de las 11:30 en el salón "Intersecretarías-Presidente Alfonsín" situado en el piso principal. Por la Comisión de Tránsito y transporte participaron Cristina García -presidente- (VJ) y los vocales Maximiliano Ferraro, Victoria Roldán Méndez, Carolina Estebarena (VJ) y Marcelo Guouman (Ev). En tanto, por la Comisión de Justicia lo hicieron Daniel Presti -presidente- (VJ) y los vocales Natalia Fidel, Diego Marías, Ariel Álvarez Palma, Claudio Cingolani, María Luisa González Estevarena y Federico Pugliese (VJ).
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El Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad, a través de la Agencia de Protección Ambiental, prohíbe la entrega, uso y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a partir del 22 de noviembre.
Quienes no cumplan con la medida podrán ser multados.
"Hace 6 meses impulsamos esta resolución con el claro objetivo de lograr el abandono del uso de sorbetes. Hemos tenido una buena experiencia con las bolsas. Creemos que debemos limitar el uso de plásticos de un solo uso, que muchas veces, no es necesario y los podemos reemplazar con nuevas costumbres, más sustentables" explicó Eduardo Macchiavelli, ministro de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad.
La prohibición fue establecida por la Resolución 816/MAyEP/2019 que se desprende de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos N° 1.854 (texto consolidado según Ley N° 6.017) que en el mes de mayo inició el proceso de abandono del uso de este tipo de productos plásticos desalentando la entrega en distintos comercios.
Desde la entrada en vigencia de la resolución los inspectores del Gobierno de la Ciudad están realizando una campaña específica para controlar la aplicación de esta norma.
La medida alcanza a hoteles de 4 y 5 estrellas; shoppings, galerías comerciales y centros comerciales a cielo abierto, locales que posean una concurrencia de más de trescientas personas por evento;
establecimientos pertenecientes cadenas comerciales (más de cinco establecimientos que se encuentren identificados bajo una misma marca comercial, sin distinción de su condición individual de sucursal o franquicia); locales de baile y comercios donde se sirven y/o expenden golosinas, comidas y/o bebidas. comercios que expenden y/o fraccionan productos alimenticios; comercios que elaboran y/o expenden productos alimenticios de venta inmediata; comercios donde se sirven o expenden comidas, locales para la venta de golosinas envasadas; locales de baile.
Los vecinos podrán denunciar el incumplimiento de esta norma a través del canal de reclamos y solicitudes de la Ciudad.
Datos duros sobre sorbetes y plásticos de un solo uso:
● El sorbete es el 4to residuo plástico más común en las costas y los océanos.
● Los sorbetes suelen usarse unos pocos minutos y pueden tardar entre 150 y 400 años en descomponerse.
● 2 millones de sorbetes al mes son consumidos solo en patios de comidas de shoppings de la CABA (según estimaciones de APrA).
● Este descarte es equivalente a 1,7 toneladas y 465 kilómetros de longitud equivalente a la distancia de la CABA con la ciudad de Mar del Plata.
● El 62% de la producción de plásticos se destina a productos de packaging y de un solo uso.
● Al desintegrarse se generan partículas conocidas como microplásticos que son ingeridas por la fauna acuática, que bioacumulan y magnifican estos materiales a la cadena alimentaria.
● Peces recogidos en zonas costeras del Río de la Plata -como el surubí, el sábalo, el patí, el pejerrey y la carpa- albergan en su tubo digestivo diminutas partículas de material sintético.
Ciudades que prohibieron el uso de sorbetes
Pinamar, Villa Gesell, Mar del Plata, Mar Chiquita, Mendoza, Ushuaia, California (Alameda, San Luis Obispo, Davis, Carmel, Malibú, Berkeley, Oakland, Richmond), Florida (Fort Myers, Miami), Oregon, Hawaii, Nueva York, Río de Janeiro, Costa Rica, Escocia, Galápagos, Vancouver, la Unión Europea con su estrategia de reducción del plástico descartable.
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Explican nueva zonificación para la estación ferroviaria Villa Crespo, el proyecto de ley que propicia el cambio de zonificación para el sector denominado "Estación Villa Crespo" en la Línea del Ferrocarril San Martín que fuera remitido el pasado viernes 8 al Cuerpo Parlamentario porteño por el Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, ayer fue presentado ante las Comisiones de Planeamiento Urbano y Presupuesto.
A la reunión informativa asistió el subsecretario de Planeamiento del Gobierno de la Ciudad, Carlos Colombo, quien a través de una presentación audiovisual repasó los principales puntos de la iniciativa y respondió las consultas realizadas por los diputados.
El Ejecutivo propicia el cambio de zonificación para el sector denominado "Estación Villa Crespo" situado en la Línea del Ferrocarril San Martín a la altura de la intersección con la avenida Corrientes, entre avenida Dorrego y calle Humboldt - Comuna 15.
En este sector se encuentran inmuebles que forman parte del Convenio celebrado entre el Ministerio de Transporte de la Nación, la Agencia de Bienes del Estado y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires registrado bajo el N° 32315238 y oportunamente aprobado por el Cuerpo Legislativo mediante Ley N° 6.131.
Según se explicó estos predios identificados como dos parcelas de la Manzana 162 A no tienen actividad ferroviaria y "de acuerdo a la caracterización de las condiciones urbanísticas, socioeconómicas y ambientales se considera que las normas que integran este proyecto permiten la integración armónica entre el tejido, el uso y la dinámica propia de una estación intermedia de ferrocarril, a través de la mitigación y/o reducción de los efectos negativos, por lo que se propone la desafectación de la Manzana 162A, Sección 47, Circunscripción 15, de los términos del punto 4.3.2 "Afectación a Ensanche en Vías de Ferrocarril General San Martín y Domingo Faustino Sarmiento" del Título 4 "Cesiones de Espacio Público, Parcelamiento y Apertura de Vías Públicas" del Código Urbanístico" vigente.
Asimismo, integra este proyecto la incorporación de las Parcelas 35d y 35b, Manzana 162 A, Sección 47, Circunscripción 15, al punto 5 "Urbanizaciones determinadas (U)" del Anexo II "Áreas Especiales Individualizadas" del Código Urbanístico el área U N° (a designar)-Entorno Estación Villa Crespo, con la finalidad de establecer o preservar conjuntos urbanos de características diferenciales, objeto de regulación integral en materia de uso, ocupación, subdivisión del suelo y plástica urbana.
Respecto a la afectación de la apertura de la calle Camargo, el Ejecutivo "considera necesaria su ejecución parcial entre Humboldt y la proyección de las vías elevadas del Ferrocarril San Martín, a los fines de facilitar la permeabilidad y caminabilidad de la manzana en cuestión, como también la presencia dentro de la misma, del estadio del Club Atlético Atlanta, un micro estadio para eventos cerrado y la estación Villa Crespo, todos ellos usos de gran afluencia de público concentrada en el tiempo".
En este sentido, se propone la modificación del Cuadro N° 5.5b del Código Urbanístico "Arterias sujetas a apertura con declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación de las parcelas o partes necesarias a aquellos fines", del punto 5.5 "Vías con afectaciones a aperturas o ensanches" aprobado por Ley N° 6.099. Cabe destacar que el Gobierno de la Ciudad se rige por los lineamientos y acciones del Plan Urbano Ambiental contenido en la Ley N° 2.930, marco al que se ajusta la normativa urbanística y que constituye el instrumento técnico - político para la identificación e implementación de las principales estrategias de ordenamiento y mejoramiento territorial y ambiental de la Ciudad.
La reunión conjunta que se realizó en el salón Presidente Perón, estuvo encabezada por las titulares de las Comisiones de Planeamiento Urbano y Presupuesto, diputadas Victoria Roldán Méndez y Paula Villalba (VJ), respectivamente, y también participaron los legisladores/as Maximiliano Sahonero, Lía Rueda, Maximiliano Ferraro, Cristina García, Claudio Romero, Paola Michielotto, Ariel Álvarez Palma, Guillermo Suárez, Sol Méndez, Gonzalo Straface, Claudio Cingolani, Cecilia Ferrero (VJ), Paula Penacca (UC), Marcelo Guouman e Inés Gorbea (Ev).
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La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires recibió a los alumnos y las alumnas de la Escuela Primaria Común N° 3 Grecia, ubicada en el barrio porteño de Agronomía, quienes son autores del Proyecto de Ley 1332-E-2019 que propone la prohibición de la comercialización y uso de pirotecnia con efectos audibles superiores a 70 decibeles en el marco de la Ciudad.
Debido a las consecuencias negativas que genera el uso de pirotecnia explosiva superior al umbral mencionado tanto en personas con el trastorno del espectro autista como en mascotas, la Defensoría del Pueblo adhirió a este proyecto y se comprometió a acompañar a los estudiantes cuando el mismo sea tratado en la Legislatura porteña.
"Quiero agradecerles a estos jóvenes por impulsar esta iniciativa que contribuye a generar una buena convivencia y que demuestra que se puede pensar en el otro y buscar vivir en una Ciudad inclusiva para todos y para todas", aseguró el Defensor del Pueblo Adjunto Arturo Pozzali.
El proyecto de ley tiene como objetivo desalentar la comercialización mediante eventos de fuegos artificiales lumínicos, en sitios seguros y apropiados a tales fines, manipulados por especialistas y a los que puedan asistir los vecinos de la Ciudad.
"Nosotros estamos preocupados y ocupados por la problemática que generan los fuegos artificiales, por eso presentamos hace cuatro años un proyecto sobre este tema que no obtuvo estado parlamentario", recordó por su parte el Defensor del Pueblo porteño, Alejandro Amor, quien elogió el nuevo enfoque que plantea esta iniciativa legislativa de los alumnos de la Escuela N° Grecia. "Este proyecto es mucho más inteligente en la búsqueda de generar una buena convivencia entre las personas".
"Si bien es cierto que en los últimos 20 años fue disminuyendo de forma constante el número de víctimas por accidentes provocados por fuegos artificiales, aún hay mucho por hacer en esta materia, que incluye materiales en mal estado o realizados de forma clandestina, es decir, sin el debido registro de la empresa fabricante en Fabricaciones Militares, lo cual contribuye a que aumenten los accidentes", añadió Amor, en referencia a otros de los aspectos que plantea el mencionado proyecto de ley, que es contribuir a que disminuya la cantidad de heridos por el uso de pirotecnia.
La Defensoría expresó su compromiso en esta temática tanto por medio del Programa de Protección Animal, como por la Coordinación Operativa de Derechos de las Personas con Discapacidad, que trabaja constantemente en la difusión y concientización de los derechos de las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Del encuentro participaron, además de Amor y Pozzali: la titular de la Unidad de Política Institucional, Dolores Ganfulfo; la titular de la Conducción Ejecutiva de Derechos Sociales, Livia Ritondo; la titular de la Coordinación Operativo de Derechos de las Personas con Discapacidad, Ermelinda Garbini; el titular del Programa de Protección Animal, Ernesto Galella; la vicedirectora del Colegio N° 3 D.E. 16, Graciela Montescau, y el docente de esa escuela Diego Cutuli.
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Deberán garantizarles cobertura y prevención de prestaciones frente a riesgos de trabajo, así lo había ordenado la justicia porteña el 1º de noviembre pasado. El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comunicó hoy que consiente la medida
La titular del Juzgado n.º 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Patricia López Vergara, había hecho lugar a la medida cautelar y ordenado al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que debía «abstenerse de agravar y/o socavar y/o desfavorecer el vínculo que contractualmente refleja la situación laboral que mantiene a la fecha con los Agentes de Tránsito». Todo ello en el marco de los autos caratulados «Asociación Trabajadores del Estado. contra GCBA sobre Amparo – empleo público – otros».
Por tanto, indicó que el Ejecutivo «deberá con carácter urgente proteger de forma inmediata la vida, la salud y mejorar las condiciones de trabajo en las cuales estos trabajadores desempeñan las funciones de Agentes de Tránsito -es decir, sobre aquellos que no revistan en planta permanente- y garantizarles la prevención y cobertura de prestaciones frente a riesgos de trabajo, lo cual incluye la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo, la cobertura de enfermedades profesionales y en su caso, la indemnización por invalidez sobreviniente. Todo ello hasta tanto cada uno de los agentes contratados pase a integrar la planta transitoria de la Administración».
La magistrada recordó que entre las obligaciones internacionales asumidas, se encuentra el Convenio OIT n.º 155: «en el cual se busca promover la seguridad y salud en el trabajo y las mejoras en sus condiciones». Además, en el orden local, el texto de la ley n.º 2.540, en el marco del acuerdo celebrado entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y el GCBA, estas jurisdicciones hace hincapié en la necesidad de "promover el 'trabajo decente'; y se comprometen a ejecutar en forma articulada acciones tendientes a instaurar el empleo de calidad que garantice un trabajo digno, el cumplimiento de las condiciones legales y convencionales, la eliminación de toda forma de trabajo que implique una clara y absoluta violación de los derechos de los trabajadores y de sus condiciones de salud y seguridad". En ese sentido expresó: «Trabajo decente es trabajo seguro».
Asimismo, la titular del Juzgado n.º 6 razonó: «pareciera que el propio Jefe de Gobierno en 2013 al suscribir el decreto con el Jefe de Gabinete asume 'la importancia de la labor y la naturaleza de los servicios [que el Cuerpo de Agentes] presta a los ciudadanos' y luego los contrata como locador de servicios. Si un empleador particular violara de tal modo las leyes laborales, inmediatamente sería multado por la violación a la normativa de la LCT. ¿Y el Estado garante del cumplimiento de las leyes es el primero en violarlas?«.
En su sentencia, enfatizó que «los Agentes de Tránsito son seres humanos que a través de su presencia permanente en la vía pública tienen a su cargo el control del tránsito vehicular, la educación vial y velan por la seguridad y cuidado tanto de los peatones como de los conductores». «Pero... ¿quién cuida de ellos?», se preguntó. En ese orden de ideas, agregó que «se descuenta la necesidad de explicitar para ello la imperiosa necesidad de evitar que acontezca la pérdida de otra vida humana, mientras se clama por justicia, la cual debe responder al mismo en pos de evitar dar solución a los conflictos en forma tardía. Justicia tardía no es justicia».
Por último, López Vergara resolvió asimismo que «deberá informar informe las medidas adoptadas a fin de cumplir la manda cautelar en el plazo de cinco (5) días«.
Tras ser consultado por iJudicial, por el estado de la causa, desde el juzgado informaron que en el día de hoy el GCBA presentó un escrito en el que manifestó que avala la medida cautelar dispuesta por el tribunal y que la resolución se halla consentida. A su vez, el gobierno comunicó que ya comenzó a regularizar la situación de alguno de los agentes afectados.-
Por Redacción iJudicial el 7 noviembre 2019.
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Se inició el proceso de selección de Auditores de la Ciudad, la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control de la Legislatura firmó el dictamen que avala la postulación de los candidatos acordados por las fuerzas políticas. Habrá Audiencia Pública.
En una reunión celebrada ayer por la mañana, la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control emitió un dictamen favorable sobre los candidatos propuestos para ocupar los siete cargos de Auditores de la Ciudad de Buenos Aires, que deben ser designados por la Legislatura, según lo establece la Constitución local.
De esta manera se inició al proceso de selección, que continuará el próximo 3 de diciembre con una Audiencia Pública que se celebrará en la Legislatura, donde expondrán los candidatos que finalmente serán elegidos por un período de cuatro años y con acuerdo de las fuerzas políticas.
En los términos del artículo 136 de la Constitución de la CABA y los artículos 137 y 138 de la Ley N° 70, los candidatos para integrar la Auditoría que avaló la Junta de Ética son: Ana Judith Barchetta, Juan José Calandri, Mariela Giselle Coletta, Pablo Clusellas, Mariana Inés Gagliardi, Jorge Mario Hugo Garayalde, Alberto Gowland, Lucía Alicia Graffigna, María Raquel Herrero, Daniel Agustín Presti, Camila Febe Rodríguez, Vicente Federico Rodríguez, Facundo Nicolás Roma, María Cecilia Sanzone, Lisandro Mariano Teszkiewicz, Hugo Alejandro Vasques, Paula Beatriz Villalba y Marcelo German Wechsler.
La Auditoría General de la Ciudad ejerce el control externo del sector público en sus aspectos económicos, financieros, patrimoniales, de gestión y de legalidad. Además dictamina sobre los estados contables financieros de la administración pública, centralizada y descentralizada cualquiera fuera su modalidad de organización, de empresas, sociedades o entes en los que la Ciudad tenga participación, y asimismo sobre la cuenta de inversión.
"Los/as Auditores/as Generales son designados por la Legislatura, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros a propuesta de los representantes de los partidos políticos o alianzas de la Legislatura, respetando su proporcionalidad", establece la normativa, y aclara que "para ser Auditor/a General, se debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 70 de la Constitución de la Ciudad, tener título universitario y contar con probada experiencia en temas jurídicos, económicos, contables, financieros o de gestión, vinculados al Sector Público".