Domingo 27 Julio 2025

Política

La justicia de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó al Ejecutivo que le otorgue a una niña su vacante para el nivel inicial en sala de un año. El titular del Juzgado n.° 2 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, Andrés Gallardo, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que «a través del Ministerio de Educación e Innovación, en forma inmediata le otorgue a la niña I. L. J. una vacante para el nivel inicial, sala de un (1) año, en el Jardín Maternal n.º 11, DE 9, en el turno de 8:45 hs. a 16:15 hs.,; o bien en algún establecimiento educativo de gestión pública con jornada simple extendida que se ubique dentro del radio de dos mil (2.000) metros del domicilio real de la actora, sito en (...) de esta Ciudad; o en su defecto abone a la actora la totalidad de las erogaciones que impliquen la asistencia de la niña a una escuela infantil o jardín de infantes de gestión privada –a elección del padre– dentro del mismo radio». En el tercer punto del resolutorio, agregó que «el otorgamiento de la vacante referida en el punto precedente en ningún caso puede implicar afectación de otro niño/a con vacante ya acordada en el mismo nivel, turno y establecimiento». Todo ello en el marco de la causa «J., J. L. contra GCBA sobre Amparo – Educación – Vacante», Expediente n.° 174888/2020-0.
El 16 de diciembre de 2020 se presentó el señor J. L. J. en representación de su hija I. L. J., e inició la presente acción de amparo contra el GCBA con el objeto que «se le ordene que incorpore a la niña 'en un establecimiento público dentro de un razonable radio del domicilio –en el mismo barrio, conforme establece el art. 29 de la ley 114 y en las cercanías del domicilio, conforme el artículo 15 de la ley 26.061- en el turno elegido en la primera opción' indicada en la preinscripción para sala de 1 año que fuera formalizada el 05/10/20». Agregó que «subsidiariamente, y previo acuerdo de su parte, 'podría cumplirse la prestación por un tercero, es decir, por un establecimiento de gestión privada'». Destacó que «su pretensión no se limita al ciclo lectivo 2021, 'por lo que ante el supuesto de persistir la inconducta para el ciclo lectivo 2022, se seguirá reclamando el derecho en los presentes actuados'». Explicó que «la niña (...) fue inscripta para sala de 1 año, (...), y que el día 30/11/2020 se asignaron las correspondientes vacantes, 'negándose la misma a la menor representada'». Afirmó que «mientras se garantice el acceso a la educación de todos los niños y las niñas que así lo requieran, la constitucionalidad de la reglamentación de asignación de vacantes no sería cuestionable, pero dejó planteada subsidiariamente, la inconstitucionalidad de dichas normas, para el caso en que 'la demandada sig[a] insistiendo con que sólo debe asignar vacantes en tanto los recursos se lo permitan'». Finalmente, solicitó que «teniendo en cuenta que el inicio del ciclo lectivo 2021 está programado para el 17/02/2021, se dicte una medida precautoria consistente en ordenar que se le asigne a la niña I. L. J. 'una vacante en un establecimiento de gestión pública en la jornada indicada dentro del barrio de la elegida como primera opción, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones conminatorias progresivas al demandado'»
Ante los requerimientos formulados por el magistrado, el Ejecutivo informó que «no cuenta con vacantes disponibles, en el lugar solicitado, sin que ello afecte derechos de terceros tanto de los alumnos que cuentan con vacantes asignadas o de aquellos alumnos que conforman los listados de espera [...] Actualmente el aspirante se encuentra en lista de espera en el establecimiento que seleccionó como primera prioridad». Asimismo, el GCBA efectuó una serie de alegaciones relativas a que «la obligación de garantizar el acceso a la educación pública sólo comprendería 'el nivel preescolar hasta completar los diez años de escolaridad o período mayor que la legislación determina', citando en apoyo de sus afirmaciones un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de esta Ciudad».
Posteriormente, el titular del juzgado enumeró la normativa vigente aplicable. En primera instancia, citó el artículo XII de la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre. Luego, el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. También, el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Y a su vez, la Convención Internacional de los Derechos del Niño. A nivel nacional, recordó que «la Ley Federal de Educación n.° 26.206 regula el derecho a enseñar y a aprender garantizado en el artículo 14 de la Constitución de la Nación Argentina, disponiendo que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado y que, el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho». En el plano local, apeló a la Constitución de la Ciudad y el capítulo tercero del título segundo; como así también a los artículos 23 y 24. Asimismo, citó el artículo 27 de la ley n.° 114; y finalmente, el artículo 20 de la ley n.° 6292.
En este contexto, afirmó que «la conducta de la Administración se evidenciaría contraria a las obligaciones que le imponen las normas supra reseñadas, y puntualmente los artículos 23 y 24 de la Constitución local, así como a la referida ley federal de educación, y demás normas citadas». Destacó que «la negativa a otorgar a la niña una vacante en alguna de las escuelas elegidas sin ningún fundamento concreto constituye, en principio, un obstáculo inaceptable al normal ejercicio del derecho a recibir de parte del Estado, la educación gratuita garantizada tanto en la Constitución y leyes locales, como en las normas internacionales de rango constitucional». Reiteró que «las normas reseñadas son palmariamente claras en cuanto a que el GCBA se encuentra obligado a garantizar el derecho a la educación de los niños desde los 45 días de nacidos «. «Así, frente a la categórica manda constitucional y legal de asegurar y garantizar la educación pública, estatal, laica y gratuita a partir de los 45 días de vida, la invocación por parte de la demandada del fallo dictado, recientemente, en los autos 'GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: N. B. H. c/ GCBA s/ amparo – educación – vacante', no constituye un argumento suficiente para modificar el criterio antes apuntado con relación a la obligación que pesa sobre el Gobierno demandado», completó.
El juez añadió que «la demandada omitió detallar, tal como se le requirió, la cantidad de vacantes existentes para el ciclo lectivo 2021 en los establecimientos elegidos por el amparista y la nómina de alumnos inscriptos en los mismos». «Tampoco explicó por qué en los establecimientos consignados como segunda, tercera, cuarta y quinta opción, las vacantes fueron directamente asignadas a quienes los habrían elegido como primera opción, sin respetar en estos casos el orden establecido en la reglamentación», agregó.
Por último, Gallardo consideró que «la doctrina del alto Tribunal local no resulta aplicable al caso de autos, en tanto se trata de supuestos diferentes». «Ello sin dejar de advertir que allí se ha destacado, como principio, que la 'no obligatoriedad de la educación' durante los primeros años del nivel inicial no libera al Estado local de su obligación de financiar y mantener el sistema de educación no obligatoria y que '[...] el estado local debe organizar un servicio público de educación laica y gratuita no obligatoria desde los cuarenta y cinco días hasta los tres años y para el nivel superior y no puede optar por dejar de brindar este servicio, ni puede imponer aranceles en su prestación'», concluyó.-
Por Redacción iJudicial el 7 de enero de 2021

Más de siete mil docentes participaron de diferentes instancias de diálogo para pensar la vuelta a clases presenciales en 2021, el Ministerio de Educación puso a disposición diversos canales de diálogo para que los/as docentes de la Ciudad pudieran compartir sus experiencias y propuestas para diseñar la mejor manera de volver a clases presenciales en el ciclo lectivo 2021. A lo largo de diciembre se enviaron encuestas diferenciadas según nivel y tipo de cargo a todos/as los/as docentes de Nivel Inicial, Primario y Secundario de gestión estatal y privada, para que pudieran compartir sus opiniones, inquietudes y expectativas en relación a la vuelta a clases presenciales.
Además, se los/as invitó a participar en dieciocho reuniones virtuales en donde pudieron compartir con otros/as docentes sus puntos de vista e idear estrategias en conjunto. También, se les ofreció la alternativa de un buzón de sugerencias para dejar plasmada por escrito su opinión, de no poder participar en la convocatoria.
Las encuestas y conversatorios arrojaron conclusiones y resultados respecto a diferentes temáticas. Algunas de ellas fueron las siguientes:
En cuanto a las actividades de revinculación: se valoraron como necesarias, infiriendo que la virtualidad no reemplaza la presencialidad y que el desgaste de enseñar/aprender virtualmente es muy alto.
En cuanto a los protocolos sanitarios es un tema que genera expectativa e inquietud. El diálogo permitió que surgieran propuestas innovadoras, por ejemplo, que el primer ciclo tenga una preparación previa a la presencialidad para repasar protocolos.
En cuanto al regreso a clases presenciales en el año entrante: la mayoría de los/as participantes manifestó la necesidad y voluntad de volver a la presencialidad. Los/as docentes de secundaria remarcaron que las clases presenciales en algunos espacios curriculares en el área de técnica son imprescindibles. Se trabajó entendiendo que en la virtualidad dependemos mucho más de la voluntad, realidad, capacidad y circunstancias de la familia.
En última instancia se planea organizar reuniones virtuales con especialistas en la temática, tales como psicopedagogos, psicólogos y trabajadores de la salud para intercambiar criterios y analizar la aplicación de las clases presenciales el año entrante.
Por último, se organizarán reuniones virtuales con familias para escuchar su punto de vista acerca de la revinculación, inquietudes y expectativas respecto a la presencialidad en las escuelas con el objetivo de idear en conjunto estrategias de vuelta a clases y validar las conclusiones surgidas en las etapas anteriores.

Desde la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) se informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la inscripción para que los empleadores tramiten los créditos a tasa subsidiada y los REPRO II del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para cubrir el pago de los salarios de diciembre 2020.
A partir de esa medida, las empresas registradas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán iniciar el trámite en la Web de la AFIP, desde el 30 de diciembre de 2020 hasta el 8 de enero de 2021, inclusive.
Recordamos que la posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación.
Empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de noviembre de 2020 y 2019: Podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II, que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Los empleadores que decidan tramitar el REPRO II deberán recabar y presentar a través del servicio web Programa ATP el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa. La información es requerida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%:
Podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

El proyecto de Interrupción Legal del embarazo (ILE) sancionado esta madrugada por el Senado de la Nación despenaliza y legaliza el aborto en las primeras 14 semanas de gestación, además de habilitar la objeción de conciencia de los profesionales que no estuviesen de acuerdo con esa práctica. Agencia Télam.
Los principales puntos de la flamante ley son los siguientes:
- Se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
- La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos
- El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.
- Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
- En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.
- Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o "referente afectivo".
- Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.
- Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
- El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.
-En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.
- El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.
- Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.
- En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.
Fuente: Agencia Télam

Usuarios y consumidores tendrán seis juzgados porteños para tramitar sus reclamos, será a partir del 1° de enero en el renominado fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones Consumo.
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires tomó la decisión en cumplimiento del artículo 42 de la Ley n.° 7 de la Ciudad de Buenos Aires, y de lo dispuesto por su modificatoria, la Ley n.° 6286, cuando estableció en su artículo 5, acerca de la composición y competencia del fuero, que «hasta seis (6) de estos veinticuatro (24) juzgados de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, impartirán, además, justicia en materia de relaciones consumo, hasta tanto se transfiera la Justicia Nacional en las Relaciones de Consumo». En virtud de ello, resolvió que «con el objetivo de asegurar la celeridad, eficacia y resolución en tiempo razonable de los procesos que se asignen, con el fin de coadyuvar al efectivo ejercicio de la labor jurisdiccional asignada a los Magistrados, corresponde disponer que la mentada competencia en relaciones de consumo sea asignada en forma semestral y alternada por dos que se propongan para actuar en ese orden».
Entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2021, los juzgados serán los siguientes:
Juzgado n.° 5: Martín Converset
Juzgado n.° 9: Andrea Danas
Juzgado n.° 12: Alejandra Petrella
Juzgado n.° 21: Soledad Larrea
Juzgado n.° 23: Francisco Ferrer
Juzgado n.° 24: Darío Reynoso
«La puesta en marcha de los seis juzgados del fuero que se abocarán al tratamiento de las causas de consumo, constituye un nuevo hito para el Poder Judicial de la Ciudad en su camino hacia el pleno ejercicio de las facultades jurisdiccionales que le otorga nuestra Constitución local y, a la vez, inaugura un ámbito propio para encauzar los reclamos en una materia cuya problemática y resolución de conflictos adquieren relevancia central en esta etapa en que se han incrementado notoriamente las relaciones de consumo a través del uso de plataformas y aplicaciones tecnológicas«, declaró en diálogo con iJudicial la consejera porteña y camarista, Fabiana Schafrik. «La justicia de la Ciudad asume así una nueva competencia judicial, en esta oportunidad sobre una materia cuyo universo nos atraviesa a todas y todos sin distinciones. Vivimos en una sociedad marcada por la impronta del consumo y, en esa línea, garantizar el acceso a la justicia importa claramente considerar al usuario o consumidor como el sujeto sobre el cual centrar nuestras acciones, a fin de consolidar un servicio de justicia que haga posible abordar y, en su caso, reparar los conflictos que pueden suscitarse por la compra de productos o la contratación de servicios, restableciendo el equilibrio en la relación y contribuyendo a mejorar la calidad de vida cotidiana», añadió. «Estoy convencida que mis colegas abordarán el desafío que nos propone este campo del derecho, signado por un carácter dinámico, innovador y las relaciones asimétricas de poder entre sus actores, considerando los derechos del usuario y consumidor como verdaderos derechos humanos y poniendo sus mejores esfuerzos a fin de garantizar su tutela efectiva mediante respuestas jurídicas en plazos razonables y acordes al valor justicia», completó.
Próximo a asumir en el primer semestre las nuevas funciones, el titular del Juzgado n.° 5, Martín Converset, celebró la nueva implementación de la competencia en Relaciones de Consumo y aseguró que «los consumidores y usuarios tienen ahora el derecho a ser juzgados por sus propios jueces naturales, conforme el claro mandato consagrado en el artículo 129 de la Constitución Nacional respetando así la autonomía de nuestra Ciudad». «No se puede materializar el principio de tutela judicial efectiva si no se garantiza adecuadamente el acceso al sistema de protección y defensa de los consumidores y usuarios, que constituye básicamente, la consolidación y efectiva vigencia de sus demás derechos», añadió. «Creo que el Poder Judicial de la Ciudad estará a la altura de este deber y demostráremos una vez más, que somos una justicia totalmente moderna, eficiente y cercana a la ciudadanía», concluyó el juez porteño.
Por su parte, la titular del Juzgado n.° 21, Soledad Larrea, sumó su testimonio e indicó que «sin dudas se trata de un paso más en el afianzamiento de la autonomía de la Ciudad». «Es también un avance para hacer efectivos los mandatos de la Constitución que debemos defender, facilitando el acceso a la Justicia y la plena vigencia de nuestros derechos, porque todos somos consumidores e, invariablemente, atravesamos por estas situaciones de conflicto», analizó la jueza. «Una vez más el Poder Judicial de la Ciudad muestra su predisposición y voluntad de trabajo para proteger a sectores que pueden resultar más débiles como es, en este caso, el de los consumidores y usuarios», sintetizó tras un breve diálogo con iJudicial.
Por último, el titular del Juzgado n.° 24, Darío Reynoso, quien finalizó recientemente su mandato como consejero porteño, aseguró que «la competencia en materia de consumo permitirá desarrollar una justicia más cercana que de respuesta a conflictos que pueden parecer pequeños, o cotidianos, pero que representan grandes problemas para cualquier ciudadano». «Tiene una importancia fundamental que el ciudadano cuente con una herramienta de acceso a la justicia en temas tan importantes como son las cuestiones de consumo, ya que en definitiva, todos somos consumidores«, agregó. «Será una Justicia que va a trabajar sobre las normas de Defensa del Consumidor, un derecho que tiene una visión protectoria, y por lo tanto va a tener una impronta de garantía de los derechos de la parte más débil en una relación de consumo, que es el consumidor», completó el magistrado.- Por Redacción iJudicial

El Gobierno de la Ciudad y las Organizaciones de la Sociedad Civil, acuerdan realizar un censo conjunto para personas en situación de calle, el acuerdo establece la creación de una mesa de trabajo integrada por todos los actores que abordan la temática en la Ciudad, que por primera vez trabajarán juntos para definir la metodología del censo anual dispuesto por la ley.
El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad firmó hoy un acuerdo con las principales organizaciones de la sociedad civil que trabajan con personas en situación de calle, la Defensoría del Pueblo, la Dirección General de Estadísticas y Censos, y el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad, con el objetivo de sentar las bases para la realización del censo anual de personas que viven en esta situación. Además, este acuerdo propone la conformación de mesas de trabajo para el diseño de políticas públicas que aborden distintos aspectos de esta problemática.
Participaron de este acto en el cual acordaron la creación de la "Mesa de Trabajo sobre Personas en Situación de Calle": la ministra de Desarrollo Humano y Hábitat, María Migliore; el Subsecretario de Asistencia y Cuidados Inmediatos, Maximiliano Corach; Jorge María Donati, de la Dirección General de Estadísticas y Censos; Pablo Vitale, de ACIJ; Horacio Ávila, Proyecto 7; Leandro Vera Belli del CELS; Constanza Guillén, del MTE; Mariam Lopez Dualde Movimiento popular la dignidad ; Barbara Alegre, de la Asamblea Popular por los Derechos de las Personas en Situación de Calle; Livia Ritondo, por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad; y María Alejandra Villasur García y Horacio Corti del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad.
"En este año tan excepcional, no dejamos detrás un tema central de nuestra agenda. Esta firma refleja nuestra convicción de que para abordar ciertos temas hay que hacerlo con el consenso de todos los actores para asegurar políticas de largo plazo. Quiero destacar en este sentido la voluntad y compromiso de todos los actores por llegar a esta instancia que es un punto de partida", destacó María Migliore.
La creación de esta mesa propone articular distintos saberes con el fin de contribuir a la mejora de las políticas públicas que abordan la problemática de las personas viviendo en situación de calle, en el marco de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la ley 3706 – de Protección y Garantía Integral de los Derechos de las Personas en Situación de Calle y en Riesgo a la Situación de Calle.
De esta manera, se consensuó que el censo debe incluir a todas las personas que se encuentren habitando la vía pública y a quienes estén alojados en hogares y Centros de Inclusión social, propios y bajo convenio con el Gobierno de la Ciudad. También se dispuso que, para el diseño de la metodología, se armará una comisión ad hoc integrada por representantes de todos los firmantes del acuerdo, bajo la supervisión de la Dirección de Estadística y Censos.

Como en la mayoría de los temas la educación tiene un papel fundamental, así como se tardó un tiempo en entender sobre levantar las heces de los perros y sobre otros temas que hacen al bienestar colectivo, con difusión, campañas, concientización, se aprende, mantener una ciudad limpia es responsabilidad de todos, es simplemente hacerse cargo de los propios desechos y si alguien fuma, al apagar la colilla del cigarrillo, debe entender que le pertenece y tirarla donde corresponde, la Ciudad comenzó la concientización sobre la correcta disposición de las colillas de cigarrillo.
La Secretaría de Ambiente de la Ciudad junto a Organizaciones de la Sociedad, miembros del Consejo Consultivo de Ambiente y Desarrollo Sostenible (EcoHouse, Océano 0km, Amigos de la Patagonia, Agenda Ambiental, USAL Consciente y Seamos Bosques) organizaron una actividad con voluntarios para concientizar sobre la correcta disposición de las colillas de cigarrillos comenzó el viernes en el Obelisco porteño, se instalaron 48 colilleros en el Metrobús de la 9 de Julio mientras que los voluntarios conversaron con los vecinos sobre la importancia de su adecuada disposición, además, un equipo de trabajo recorrió las veredas levantando las colillas usadas, en 2017, la ONG EcoHouse realizó una limpieza en el centro porteño y recolectó 10.000 restos de cigarrillos.
Recientemente, la Legislatura porteña aprobó un proyecto que prohíbe arrojar colillas y filtros de cigarrillos en el espacio público aplicando severas multas a quienes lo hagan. Esta iniciativa está impulsada por EcoHouse, una ONG que participa en forma activa del Consejo Consultivo de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Secretaria de Ambiente porteña. El objetivo del Consejo es promover la colaboración y cooperación institucional, intersectorial e interjurisdiccional para el desarrollo y promoción de políticas públicas ambientales.
Las colillas son el residuo más común que se puede hallar en el suelo debido a las malas prácticas de los fumadores. Al fumar, las colillas absorben los químicos y metales pesados presentes en el tabaco; una vez descartadas, durante el proceso de degradación, liberan lixiviados que contaminan el ambiente. Al ser un residuo de pequeña dimensión y muy liviano frecuentemente no es arrojado a los tachos de basura y terminan en veredas, calles y sumideros, que luego escurren por las bocas de tormenta más cercanas y terminan en el Riachuelo o el Río de la Plata.

Son innumerables las complicaciones que trajo la pandemia por el coronavirus a la vida de las personas, por enumerar algunas diríamos que las económicas, afectivas, psicológicas, etc. estas situaciones han sucedido en todo el mundo a raíz del Covid-19, mal de muchos, pero aquí en argentina tenemos una pandemia permanente se podrías decir, que es la violencia hacia las mujeres, según informa el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad, a más de nueve meses desde que comenzaron las medidas para prevenir el contagio del coronavirus hay una tendencia que se mantiene de la misma forma, la cantidad de llamados a la Línea 144 en la Ciudad de Buenos Aires que asesora y contiene de manera confidencial y gratuita a mujeres víctimas de violencia de género, siguen mostrando un alza preocupante.
Los llamados a la línea de asesoramiento y contención gratuita para mujeres víctimas de violencia por motivos de género crecieron durante el aislamiento: en lo que va del año se recibieron más de 3.000 llamados.
La Dirección General de la Mujer del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat porteño registra llamados con distintos tipos de violencia de género en el período de pandemia. Si se tienen en cuenta sólo los llamados por violencia, el 44% fueron por violencia psicológica, 27% por violencia física, el 12% por violencia económica y patrimonial, el 13% por violencia simbólica y el 5% por violencia sexual.
Emilia es consultora psicológica y operadora social de la Línea 144 desde 2014 y trabaja en la Dirección General de la Mujer hace casi 10 años. Su identidad se mantiene en reserva por la confidencialidad y el anonimato de la línea, "Cuando entra un llamado a la línea es la primera escucha, la posibilidad de que la persona se exprese; puede ser con un llanto, con un momento de angustia o situaciones más tranquilas donde las personas hacen consultas con respecto a la problemática de la violencia por motivos de género", comienza el relato Emilia.
"La intención es que la mujer no se sienta sola a partir que ingresa a la Línea. Que sepa que hay un operador a disposición, una escucha permanente las 24 horas ante cualquier situación y la vamos a acompañar en lo que necesite", afirmó Emilia, quien durante la pandemia recibe los llamados enrutados a su domicilio, al igual que sus colegas de trabajo.
También por BOTI
A mediados del mes de abril la Ciudad innovó sumando el sistema BOTI con derivación a la Línea 144, incorporando el chat como forma de recibir consultas a través de la vía web o mensajería instantánea (whatsapp).
Es una herramienta que permite mantener la confidencialidad de la mujer, se puede chatear con una operadora, hablar o comunicarse directamente al 911, mediante un equipo capacitado para dar contención, información, derivación y el asesoramiento que cada caso requiere siguiendo un protocolo de atención y registro de los casos, ya que muchas veces las mujeres conviven con sus agresores. Se recibieron en lo que va del año 3.477 contactos por esta vía entre abril y noviembre.
Como son los CIM
La Ciudad cuenta también con Centro Integral de la Mujer (CIM) por comuna. Allí trabajan psicólogas, abogadas, trabajadoras sociales y otras especialistas que se ocupan de asesorar a cualquier mujer que necesite ayuda a causa de violencia por razones de género. Normalmente los 15 CIM tienen sus puertas abiertas para acompañar a las mujeres pero, en este contexto de pandemia, pueden comunicarse telefónicamente con cada uno, de lunes a viernes de 10 a 16 horas. Además, a partir de la primera semana de mayo, dos CIM están atendiendo presencialmente y de manera rotativa, para que las mujeres siempre cuenten con un lugar a donde ir en situaciones de violencia por motivos de género. En muchos casos, las operadoras de la línea derivan los casos a los CIMs, para darle seguimiento a los casos.

El ministro de Salud porteño, Fernán Quirós, el subsecretario de Atención Primaria, Gabriel Battistella, y la directora general de Planificación Operativa, Paula Zingoni, brindaron detalles de la situación sanitaria de la Ciudad en relación a la curva de contagios y su evolución, en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus.
Quirós indicó que "al día de hoy hemos confirmado 163.063 casos, de los cuales se han recuperado 140.129 personas, han fallecido 5.714, lo que hace una letalidad para la Ciudad de Buenos Aires de 3.5%".
Además, informó que "hemos testeado a 862.429 personas, el 59% de ellas son ciudadanos porteños, con una positividad promedio de 11.8% en la semana, y alcanzamos una tasa de testeo cada 100.000 habitantes de 16.540".
En relación al Plan DetectAR, Battistella dijo que "hasta el momento se han testeado a 192.117 personas, de las cuales 34.565 arrojaron resultado positivo".
Estos son los barrios vulnerables en los que está presente el Operativo DetectAR: Barrio 31, Barrio 1-11-14, Barrio 21-24, Barrio 15, Barrio 20, Barrio Carrillo y Barrio Rodrigo Bueno.
Y estos son los barrios en los que está presente el DetectAR Móvil: Balvanera, Flores, La Boca, Constitución, Barracas, Almagro, Palermo, Nueva Pompeya, Soldati, La Paternal, Chacarita, Parque Chacabuco, Boedo, San Cristóbal, Mataderos, Recoleta, San Telmo, Caballito, Villa Lugano, Villa Riachuelo, Parque Avellaneda, Villa Ortúzar, Parque Chas, Belgrano, Colegiales, Coghlan, Villa Urquiza, Villa Crespo, Núñez, Saavedra y Parque Patricios.
"En relación a los barrios vulnerables, hasta el momento se han diagnosticado 17.577 casos, se han recuperado 16.410, fallecieron 280, lo que arroja una tasa de letalidad del 1.5%", agregó Battistella.
En tanto, Zingoni informó que en relación a los geriátricos "llevamos realizados 25.139 hisopados, hemos podido confirmar 5.548 personas con la enfermedad, se han recuperado 4.459 y han fallecido 1.040".
En cuanto a los testeos totales a personal de salud, geriátricos, fuerzas de seguridad, desarrollo humano y transporte, señaló que "llevamos realizados 797.686 test, de los cuales han sido positivos 27.719, se han detectado 7.355 PCR positivas y una tasa de test cada 100.000 habitantes de 26.589".

Nueva alternativa de comunicación para la notificación de infracciones y resoluciones, la Dirección General de Administración de Infracciones (DGAI), dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad, comenzó a ofrecer a los vecinos una nueva alternativa de comunicación para evitar la manipulación de papeles y agilizar los trámites denominada Check Mail, además de aportar un cuidado sanitario extra en medio de la prevención de la pandemia del Coronavirus.
Se trata de enviar comprobantes de infracciones o resoluciones de la entidad por vía electrónica, dejando de lado el correo postal tradicional. Además, se garantiza la seguridad e inviolabilidad de los envíos mitigando los riesgos de listas negras, clasificación como Spam, etc.
La herramienta Check Mail tiene una metodología que permite realizar el seguimiento de las distintas etapas del ciclo de vida de cada comunicación desde la Confección, Generación, Envío, Recepción en los grandes dominios hasta el Monitoreo y Trazabilidad de los envíos en tiempo real por el remitente.
En este contexto, la DGAI les enviará un correo a los vecinos, en la dirección que ellos alguna vez inscribieron en la Administración Pública local o Nacional, conforme al artículo 12 de la Ley 1.217.
De estar de acuerdo, el vecino puede expresar su voluntad y se lo notificará por el plazo de tres días corridos para que pueda cambiar, si lo desea, la dirección electrónica que figura en los registros de la DGAI.
En cambio, si el vecino no está de acuerdo con esta herramienta, continuará recibiendo las notificaciones de infracciones como lo hacía hasta ahora, por medio de servicio postal.